Nuevo Plan de  Facilidades de la Ciudad de Buenos Aires. 
                        REGULARICE SUS  DEUDAS CON IMPORTANTES BENEFICIOS  
                          
                            
                              - Se puede incorporar deudas vencidas al 31/12/2009 con el G.C.B.A.: ABL,  Ingresos Brutos, Patentes, Publicidad, etc, como así también refinanciar planes  vigentes o caducos.
 
                              - Se puede pagar hasta en 60 cuotas, con un mínimo de $ 50,- o $ 150,-  según el tipo de deuda, con un pago a cuenta del 5% al 20% de la deuda.
 
                              - Según el plan de pago elegido, puede beneficiarse con una condonación de  hasta el 100% de los intereses y/o multas. 
 
                              - Estos beneficios se hacen extensivos para las deudas en juicio y los  honorarios del agente fiscal de la AGIP. Estos últimos tienen un tope máximo del 10%  de la deuda y se pueden pagar en hasta 5 cuotas si exceden los $ 1.000,-
 
                              - Puede acogerse hasta el 21/09/2010
 
                             
                           
                          Impuesto a las  Ganancias 2010. 
                            SE ACTUALIZAN  LAS DEDUCCIONES PARA PERSONAS FISICAS 
                          A partir de  julio, con vigencia para todo el 2010, se han incrementado los montos  deducibles del Impuesto a las Ganancias: 
                          
                            
                              - Ganancia Anual No Imponible $  10.800
 
                              - Cargas de Familia: Cónyuge  $12.000, Hijo $ 6.000, Otras Cargas $ 4.500
 
                              - Deducción Especial para  Autónomos $ 10.800
 
                              - Deducción Especial para Empleados  $ 51.840
 
                              - Deducción por Domestica  en blanco: hasta $ 10.800. 
 
                             
                           
                          Las  empresas deberán descontar lo que retuvieron en exceso en el periodo  01-06/2010, de las retenciones de Ganancias a efectuar en el periodo 07-12/2010  
                          Amplían el uso de la Factura Electrónica 
                          PROVEEDORES DEL  ESTADO Y EXPORTADORES: DEBERAN EMITIR SUS FACTURAS EN FORMA “ON-LINE” CON LA AFIP 
                           Los  Proveedores del Estado y los Exportadores inscriptos en IVA deberán comenzar a  emitir sus comprobantes ON-LINE con la   AFIP, informando a “tiempo real” sobre cada una de las  facturas que se emiten, la cual será autorizada, una por una, por dicho  organismo. Las fechas de vigencia de este sistema, llamado “facturas  electrónicas” son: 
                          
                            
                              - Desde el  01/08/2010: Exportadores inscriptos en IVA respecto de las facturas “E”
 
                              - Desde el  01/11/2010: Proveedores del Estado respecto de sus facturas emitidas al  Organismos Oficiales.
 
                             
                           
                          Asimismo, los  Proveedores del Estado no podrán obtener el Certificado Fiscal para Contratar  necesario para presentarse en licitaciones sino están registrados como usuarios  facturas electrónicas a partir del 01/09/2010. 
                          Seguro  Obligatorio de Vida para Empleados. 
                            DESDE  NOVIEMBRE, LA AFIP   RECAUDARA LOS SEGUROS DE VIDA 
                            Todos  los Empleadores tienen la obligación de contratar y pagar un seguro de vida por  una suma de $ 12.000,- con una prima de   $ 2,85 mensuales por trabajador. Hasta hoy, las primas eran cobradas  directamente por la Compañía  de Seguros o por el propio Productor de Seguros.  
                            A  partir de las nuevas pólizas o renovaciones de las mismas que ocurran a partir  del 01/10/2010, las primas se liquidarán y abonarán a la AFIP, mediante el aplicativo  y formularios utilizados para el resto de las Cargas Sociales. En el mes de  septiembre nos contactaremos con nuestros clientes a fin de implementar este  nuevo sistema de pago. 
     
                          Recuerde  que... 
  …  Si usted adhiere el pago mensual de  monotributo o autónomo a debito automático en cuenta bancaria o por tarjeta  durante todo el año, la AFIP  le reintegrará en febrero del año siguiente el equivalente a 1 mes de aportes. 
                           
                            Esperamos   que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le   haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y   actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en   los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de   necesitar más detalles sobre algún tema.  
                          Hasta la próxima, 
                          
                            
                            
                                
                                   
                                    Gerardo Raposo 
                                  
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